Trámites para invitar extranjeros con fines comerciales

Si uno quiere invitar un empresario de otro país por un posible negocio, debe realizar primero una serie de trámites

7 JUN 2016 · Lectura: min.
Trámites para invitar extranjeros con fines comerciales

Si uno quiere invitar un empresario de otro país por un posible negocio, debe realizar primero una serie de trámites. La ley de Migraciones 25.871, prevé dos mecanismos distintos: un permiso de ingreso que se inicia desde la Argentina y una solicitud de visa que se presenta ante el Consulado argentino que corresponda al país del invitado. En ambos casos se debe contar previamente con la inscripción ante el RENURE (Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros).

La solicitud debe estar acompañada de una carta de invitación, cuya redacción resulta conveniente que esté a cargo de un abogado especialista en temas migratorios. Allí se deben expresar correctamente los motivos de la invitación y ofrecer la posibilidad de demostrarlos.

Se debe presentar además, toda la documentación de ambas empresas (invitante e invitada) y de la persona que la empresa extranjera designe para visitar nuestro país (cargo, certificado de trabajo, tipo de contrato, vinculación entre ambas empresas, e incluso referencias comerciales de la invitada y capacidad económica demostrable).

La documentación deberá estar traducida al español y contar con las legalizaciones correspondientes. Una vez aprobada la solicitud, luego de que el invitado concurra tres veces al Consulado argentino a efectos de tramitarla, obtendrá una Visa como hombre de negocios, por un plazo de permanencia de dos meses como máximo, que se puede prorrogar en la Dirección Nacional de Migraciones.

Los empresarios de países del Mercosur no necesitarán conseguir visa, pero el resto de los países sí. La dificultad en realizar estos trámites depende más del Consulado que del país, ya que en un mismo país, algunos Consulados son mas dinámicos y otros más estrictos en su otorgamiento. En el caso de China, por ejemplo, a pesar de los acuerdos comerciales, los empresarios de dicho país son los que tropiezan con más dificultades.

Los costos de estos trámites rondarían los $ 8.000 aproximadamente (que incluyen los honorarios de abogados, traducciones, legalizaciones, certificaciones de Escribanos, tasas migratorias, etc). La empresa invitante deberá tener al día el pago de todos los impuestos e incluso su situación societaria.

Dra. Déborah Huczek, titular del Estudio INA

Escrito por

Ina Estudio Jurídico Integral

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