Sucesiones:

¿Qué documentación e información necesito para iniciar una sucesión? ¿Cuánto cuesta una sucesión hoy en día?

15 ABR 2016 · Última modificación: 26 ABR 2016 · Lectura: min.
Sucesiones:

SUCESIONES.

CABA y Provincia de Buenos Aires.

1.- ¿QUE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN NECESITO PARA INICIAR UNA SUCESIÓN?

* Certificado de defunción del causante (fallecido).

* Partida de nacimiento de los hijos y certificado de defunción si alguno hubiere fallecido antes.

* Partida de matrimonio del causante y su cónyuge si lo hubiere.

* Certificado de defunción del cónyuge, si el causante era viudo/a.

* Partidas que acrediten el vínculo, si se tratara de otro parentesco.

* Nombres completos de los padres del causante (fallecido)

* Datos personales de todos los herederos que se presenten (nombre, domicilio, DNI, estado civil, ocupación).

* Datos registrales de los bienes, créditos o deudas que se denuncien.

Esta documentación es suficiente PARA INICIAR el proceso, y hasta la obtención de la Declaratoria de Herederos. Luego es necesario presentar en original y copia:

* Los títulos de propiedad de todos los bienes denunciados.

2.- ¿CUÁNTO CUESTA UNA SUCESIÓN?

Los costos varían en función de la jurisdicción. Las sucesiones en Provincia de Buenos Aires son más onerosas que en CABA debido a los múltiples informes que se piden en esa jurisdicción. También en Provincia de Buenos Aires debe hacerse el cálculo si corresponde abonar el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.

Digamos que en términos generales, lo que determina el presupuesto de una sucesión es la valuación de los bienes o créditos que se denuncien.

Los gastos se desembolsan en dos etapas distintas del proceso, enumeremos todos para un panorama más claro:

PRIMERA ETAPA.

- Publicación de edictos.

- Bono ley e ius previsional.

- Oficio a Juicios Universales.

- Oficio a IPS (Provincia BsAs)

- Oficio a Registro de Testamentos (Colegio de Escribanos)

SEGUNDA ETAPA.

- Tasa de justicia y sobre tasa, sobre la valuación.

- Certificados de dominio de todos los bienes.

- Agrimensura.

- Certificado y cedula catastral.

- Informe de Cesión.

- Informe de Inhibición en Provincia de BsAs.

- Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (En Provincia de Buenos Aires, y si correspondiera en función de los valores)

- Inscripción de la Declaratoria de Herederos en los diferentes registros de la propiedad en virtud de los bienes de que se trate (Inmueble, Automotor, Personas Jurídicas, IGJ, etc).

Los honorarios profesionales suelen pactarse en los mínimos de la ley arancelaria, esto es, entre un 7 y un 10% del acervo hereditario. La ley arancelaria permite mucho más, y la regulación judicial de honorarios suele ser bastante más elevada. Por eso, es recomendable para los herederos acordar honorarios previamente. Los honorarios y gastos son compartidos entre todos los herederos que se presenten con el mismo patrocinio letrado.-

Escrito por

Estudio Jurídico Moretti & Zanini

Ver perfil
Dejá tu comentario

últimas notas sobre servicios legales