Debe pagar Obra social (no es prepaga) como parte de cuota alimentaria
Buenos días mi pareja tiene tres hijos y paga de obra social ($1800) por los chicos todos los meses (algunas veces varía ese importe)
La Ex le pasa ese importe que surge del 3% de su salario ($3600).
La Obra social que tiene es Apross (la obra social de los empleados públicos) y con el sueldo que ella tiene le cubre a ella y a sus hijos, por lo tanto no genera un cargo extra (como sucede con algunas prepagas que si genera gasto extra)
¿El concepto de obra social lo tiene que abonar mi ex o ese importe lo abona ella como cualquier empleado, que nos descuentan el 3% de Obra Social?
Desde ya agradezco el asesoramiento.