Q le corresponde a mi ex mujer
Hola buenas quiero consultar q le corresponde a mi ex mujer si aún estamos casados legal mente aparte de la cuota alimenticia de nuestros 2 hijos soy José gracias
Hola buenas quiero consultar q le corresponde a mi ex mujer si aún estamos casados legal mente aparte de la cuota alimenticia de nuestros 2 hijos soy José gracias
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Hola José, tu ex mujer podrá reclamar el 50% de los bienes comprados luego de casados y compensación económica para el caso que con motivo del divorcio sus ingresos se vean reducidos, por ejemplo, en el caso si ella no trabajaba ya que cuidaba a los hijos. La cuota alimentaria de los menores no corresponde, para el caso que estipulen un régimen de comunicación con los hijos amplio, y cada progenitor abarque el 50% de los gastos de los hijos de forma directa. A disposición, Saludos, Dra. Elisabeth Maiale
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Buenas tardes José..si ud está casado le corresponden a su ex mujer todos los BS gananciales en un 50% en caso de divorcio otros efectos jurídicos.Con gusto lo invito a una consulta si es de Córdoba.Muchos saludos
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hola primero la cuota alimentaria no es para su ex mujer es para sus hijos, usted solo debe abonar el 50% de los gastos de sus hijos(alimentos,ropa, esparcimiento, colegios, medicina, etc) y eso estara en relacion con sus ingresos y nivel de vida, y si tiene ingresos demostrables sera un porcentaje de ellos, consejo no firme nada sin antes estar seguro de lo que corresponde pagar, luego es muy dificil lograr una reduccion hoy en dia. Mas consultas nos puede contactar gracias ESTUDIO DEL PLATA
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Hola jose, es dificil responder que le corresponde a alguien sin saber cuales son los bienes, pero en principio los bienes gananciales se dividirían entre los 2 y los que son bienes propios, por ejemplo los que ya tenían antes de casarse, no entran en la división.
En caso de que inicies el divorcio van a tener que acordar con tu ex mujer, las cuestiones relativas a la responsabilidad parental, en especial la prestación alimentaria, la atribución de la vivienda ( independientemente de quien sea el dueño), eventuales compensaciones económicas y ver el tema de distribución de los bienes.
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Estimado. Si aún no se divorciaron y tienen bienes en común (adquiridos durante el matrimonio), los mismos pertenecen a la comunidad ganancial y hay que dividirlos con el divorcio. Respecto a otra obligación para con ella, los alimentos son para los hijos, pero en determinadas y específicas circunstancias ella podría pedirle alimentos o una compensación económica. Hay que analizar el caso en concreto. Si necesita más asesoramiento, estoy a su disposición. Trabajo en Rosario. Saludos!
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Estimado José Buen día. Tenga bien de dejarnos un número de teléfono y mail para que lo podamos contactar. Atte. Dr. Sergio Fiorentino
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