Hace unos meses me enteré de que iba a ser papá

Realizada por Alberto. 8 ene 2019 Abogado familia

Buenas tardes, hace unos meses me enteré de que iba a ser padre con una mujer que no es mi pareja. Ella decidió tener a nuestro hijo y yo lo reconocí, le puse mi apellido y quedamos en que no íbamos a poner abogados de por medio. Lo veo cuando quiero y cuando se puede, y todos los meses le doy dinero, empecé dándole 3 mil pesos, después se incrementó a 5 mil y este mes a 7 mil. Mi bebé tiene 5 meses. Bien, este mes llegamos al acuerdo de poner un abogado, planteado por ella, para yo pasarle la cuota alimentaria. Mi sueldo es de 28000 de bolsillo. ¿Cuánto va a ser el porcentaje? ¿Puede ser de mutuo acuerdo? ¿Qué debería tener en cuenta? ¿A qué edad de mi nene puedo tenerlo yo en mi departamento? ¿Cuándo tengo derecho a tener todo un día a mi hijo? ¿Corresponde pagarle el jardín maternal? Muchas gracias.

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Hola Alberto.
La cuota alimentaria se compone de dos elementos. Uno es las necesidades del menor, y el otro es el salario de quien debe abonar la cuota alimentaria. El porcentaje puede llegar a un 30%, más o menos, y dependerá de estos elementos y sobre todo del juzgado donde se tramite el alimentos. Ahora bien, si ustedes no quieren llegar a un arreglo JUDICIAL, pueden juntarse cada uno con un abogado, y pactar PRIVADAMENTE un arreglo, que luego puede llevar a la justicia a homologarlo y sea como una sentencia judicial.
En ese acuerdo pueden pactar régimen de visitas, fechas de vacaciones, alimentos, y todo lo que quieran.
Para que un nene duerma con el progenitor con el que no convive no hay una edad, habrá que evaluar cómo es el vínculo y si se dan los elementos para que funcione y no le afecte al nene. Ya que más allá de las necesidades de los adultos siempre hay que tener en cuenta las necesidades de los menores.
Saluda atentamente. Dra. Vidal Antonella.

Vidal & Yañez Abogadas Abogado en Ramos Mejía

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Buenas noches. Para poder mantener una buena relación con la mamá convendría arribar a un acuerdo privado que estipule régimen de visitas y alimentos. En cuanto al porcentaje, los alimentos deben cubrir las necesidades del menor, aún así pueden pactarse sumas en este concepto. Lo invitamos a comunicarse por privado. Saludos cordiales Dr Cejas

Dr. Cejas & Asoc. Abogado en Agronomía (Buenos Aires)

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