Falta de pago cuota alimentaria

Realizada por Maria Rosa Focarazzo. 24 jul 2019 Cuota alimentaria

Con mi ex ya hicimos el divorcio y quedó todo legal, él aceptó en pasarme el 25 por ciento de su sueldo, pero hace un mes cambió de empresa y me hace los depósitos y no la empresa, obviamente me deposita lo que a él le parece, mi consulta es si yo puedo mandar una carta documento a la empresa reclamando que me hagan ellos los depósito.

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Al ser una nueva empresa debe ser notificada de esa orden judicial de retención. Si necesita más asesoramiento coméntenos en qué ciudad se encuentra. Mucha Gracias. Estudio Jurídico Administrativo

Estudio Jurídico Administrativo Correa Figueroa y Asoc. Abogado en La Plata

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Estimada Maria Rosa, el empleador debe retener el porcentaje siempre y cuando así conste en el acuerdo arribado, si desea un asesoramiento personal, con gusto le explicamos los pasos a seguir.Saludos cordiales desde Córdoba capital.

Estudio Juncos Valfre Abogado en Córdoba

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Buen día debería iniciar la ejecución de ese convenio de alimentos. Si al empleador en su oportunidad no le enviaron una orden judicial de retención no está obligado a realizarlo. Estamos a su disposición para asesorarla. Saludos cordiales Dr Cejas

Dr. Cejas & Asoc. Abogado en Agronomía (Buenos Aires)

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