¿Cómo sé que mi orden de restricción terminó?

Realizada por alexander. 30 sep 2019 Abogado familia

Me demandaron sin causa y a pesar de eso cumplí con la orden de 3 meses de alejamiento y la manutención correspondiente. Dijeron que me llamarían de otras organizaciones y habría citas con la otra parte y también para dar mi versión de los hechos pero nunca pasó, a pesar de eso cumplí la orden, mi duda es ahora que pasaron los 3 meses ¿puedo ir directamente a ver a mi hija (la madre me puso la orden) o tengo que llamar algún numero o ir a tal lugar a confirmar la finalización de la orden? Me notificaron sobre la orden (de mala manera) pero nunca me dijeron nada de qué hacer al concluir.

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Hola, de la única forma que ud. estaría impedido de ver a su hija es que la perimetral haya sido ordenada con respecto a la menor también, de no ser así ud. tiene prohibido acercarse a la madre no a su hija y tenían el derecho de verse durante ese tiempo, si ud se vio impedido se debió iniciar el Régimen de Comunicación para determinar que días se llevarían adelante las visitas y quien se haría cargo de entregarle a la menor y reintegrarla al hogar atento existir el perimetral y por ende la prohibición de acercamiento a la madre, de todos modos ud. debió presentarse en la causa en la que se ordena dicho perimetral a ejercer su derecho de defensa ante las acusaciones, ahora le aconsejamos iniciar el Régimen de Comunicación, para evitar pueda llegar a tener algún problema a pesar que se encuentre el plazo vencido, saludos

Estudio Jurídico Integral • Diaz Montecuco & Asociados Abogado en Balvanera (Buenos Aires)

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HOLA, Alexander! ¿Soluciono su tema?
Saluda a Ud.-
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-

Doctor Carlos Alberto Alonso Abogado en Balvanera (Buenos Aires)

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Sr. Alexander:
No hay que confudir: a) Régimen de comunicación (visitas); b) alimentos; c) denuncia con perimetral (acercamiento). Respecto el primero: Ud. tendría que ver si la perimetral está vigente o no y a su vez o en su caso, plantear un Régimen Comunicacional (visitas) con su/sus hijos. Segundo, la cuota por alimentos debe abonarse igual, es independiente. Tercero, la perimetral vence cumplido el plazo a contar desde que se lo notificaron. Si la perimetral es infundada, yo me presentaría en el expediente para dejar sentada la falsa denuncia. Atte. Luis Ángel Martellotta

Estudio Jurídico Dr. Luis A. MARTELLOTTA & Asoc. Abogado en San Isidro

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HOLA, Alexander! Es necesario estudiar los expedientes para poder asesorarle bien.-
Los regímenes de tenencia y de visitas los fija el Juez de Familia.-
Necesita contratar un defensor urgente, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?
Saluda a Ud.-
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-

Doctor Carlos Alberto Alonso Abogado en Balvanera (Buenos Aires)

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