Sobre herencia
Mi hermano se quedó con los papeles de la casa de mi madre fallecida y no nos permite entrar a la casa ni decidir sobre ella.
¿Qué se puede hacer?
Mi hermano se quedó con los papeles de la casa de mi madre fallecida y no nos permite entrar a la casa ni decidir sobre ella.
¿Qué se puede hacer?
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Buen día.
En principio, deben iniciar el proceso de sucesión, probando que son herederos.
La posesión de la escritura no otorga titularidad sobre el inmueble. Lo que da la titularidad es la inscripción como dueño en el Registro de la Propiedad.
Para cualquier consulta, quedamos a su disposición.
Saludos cordiales,
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Hola, hay que iniciar la sucesión de su madre si el inmueble es un bien propio de ella y para el caso que sea ganancial y no lo hayan hecho, iniciar la sucesión del esposo también, comunicar esta situación en la demanda correspondiente, solicitar se intime a su hermano acompañe el titulo de propiedad bajo apercibimiento de solicitar un segundo testimonio a su costa, y si desea vender el inmueble solicitar la autorización judicial para ello, caso contrario su hermano debe comprarle su parte, saludos
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HOLA, Gloria! ¿SIGUE PERDIENDO EL TIEMPO?
Quedo a su disposición.- Saluda a Ud.- Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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Buenos días
En su caso debería iniciar la sucesión de los bienes de su madre
Cualquier heredero puede iniciarla, aunque no posea los títulos de los bienes
Nuestro estudio se encuentra en la zona de villa urquiza y se especializa en derecho de familia
No dude en consultarnos que lo asesoraemos
Atentamente
Estudio Lagomarsino y Asoc
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HOLA, Gloria! No tiene importancia.- Deberia hacer sucesión urgente.-
Necesita contratar un defensor urgente, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?
Quedo a su disposición.- Saluda a Ud.- Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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Buenas tardes, estimada.
El hecho de que su hermana no quiera hacerle entrega del título de propiedad, cualquiera fuere la razón, no la hace titular de esa propiedad ni a ella ni a quien tenga derecho a reclamar que no sean las personas que figuran como titulares de dominio en dicha escritura.
Lo que debe hacer en todo caso usted para adquirir carácter de heredero y hacer valer sus derechos es el juicio sucesorio.
Pará ello, sugiero que se ponga en contacto con nosotros a fin de recibir una explicación más detallada sobre los pasos a seguir.
Atte Dra. Hilda E. Rodriguez
Abogada
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