Rescisión anticipada de contrato de alquiler
Hola, soy inquilino de un departamento. El contrato inició en Febrero de 2017, y tengo que rescindirlo anticipadamente a fines de Octubre de 2017.
En el contrato hay una cláusula que dice que si rescindo el contrato, debo abonar todos los meses que faltan hasta que se cumpla un año del mismo. Es decir, que si dejo el inmueble en Octubre, debería pagar como multa Noviembre, Diciembre y Enero.
Entiendo que la ley dice otra cosa, y que yo debería pagar un mes y medio de multa.
Mis preguntas son, qué prevalece? el contrato o la ley? Debo avisar con anticipación? La multa esta compuesta sólo por el alquiler, o también entran las expensas?
Muchas gracias