Hola, compuse la banda de sonido de un cortometraje y no sé qué trámites tengo que hacer para registrar mis derechos, ¿lo hago yo o lo hace el director del corto? ¿tenemos que ir juntos? ¿cómo se reparten las ganancias?
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Hola, Marcos Juárez! ¿Soluciono su tema?
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.-
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
¿Sos autor de la banda de sonido? En prinicipio. para ello debés bajar a partitura y a un cd tu obra musical, y luego pagar en derechos de autor el impuesto, luego vas a sadaic y verificás los demás trámites que pueden estar pidiendo y todo eso va en un sobre lacrado que los lacran en la zona, con tus datos, nombre, apellido y guardás las constancias que son la prueba de tu autoría. La propiedad intelectual es otro trámite y lo hacés junto con el cineasta. Dra Lang (soy abogada y música con temas registrados en sadaic)
Estimado Sr. Marco Juárez. Como será de su conocimiento hay un lugar la Direccion General del derecho de Autor ahí puede registrar su música, mediante un formulario, mas debe acompañar en un sobre la letra de la musica y la firma de los autores, es un trámite personal o lo puede realizar un representante suyo. Paga un pequeña tasa. Con respecto al Director del Corto puede hacer lo mismo. En relacion a las ganacias esto dependerá de lo que acordaron Uds. A su disposicion Saludos cordiales. Atte Dra. Nieva
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Hola Marcos Juárez. Ud. debe registrar su música o letra, o ambas en la entidad de compositores y autores que Ud. ya conocerá.
A su vez el director cinematográfico tiene su propiedad intelectual sobre el filme como entidad única.
Las ganancias -si las hubiere- dependerán del contrato entre ambos
Saluda a Ud.-
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso
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