¿Por cuota de alimento y régimen de visita?

Realizada por Nahuel. 13 feb 2016 Cuota alimentaria

Mi caso es el siguiente, tengo una hija de 3 años, Yo vivo la pampa y ella en buenos aires estamos a 500 km de distancia. . Yo me hago cargo de la ropa la obra social y le paso $3000 pesos por mes. Ademas de hacerme cargo de los gastos para ir a verla. Que gasto 2500 por viaje para verla 2 días. Quiero sabe, si voy a juicio me sirve de algo, o terminó perdiendo más de lo que vengo gastando para solo verla 2 días en el mes? Mi sueldo es de$ 17500.

Y en un régimen de visita. Me la podría traer a la pampa o que ella me la traiga.

Desde ya gracias por la consulta.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Hubo un error

Por favor, probá de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

HOLA, Nahuel! ¿Soluciono su tema?
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-

Doctor Carlos Alberto Alonso Abogado en Balvanera (Buenos Aires)

9117 respuestas

11785 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

HOLA, Nahuel! Los montos o porcentajes los fija el Juez de Familia, el régimen de visitas también pero es conveniente un acuerdo entre ambos progenitores dada la distancia, ¿no consulto profesional de su localidad?
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-

Doctor Carlos Alberto Alonso Abogado en Balvanera (Buenos Aires)

9117 respuestas

11785 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Nahuel veo que tu situación es muy delicada; personalmente voy a poder trasmitirte una serie de elementos jurídicos para que puedas manejarte! Saludos....

Estudio juridico y Centro de Mediación Dra Zatloukal Nelida R Abogado en Lomas de Zamora

70 respuestas

118 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Nahuel, la cuota alimentaria no tiene un porcentaje fijo regulado por ley, se regula de acuerdo a las necesidades y modo de vida del hijo/a. Se puede regular por acuerdo de las partes homologado ante el juez de familia o por demanda de alimentos, si se quieren evitar futuros problemas. En cuanto al régimen de visitas, también se acuerda por mediación o por demanda judicial, y se puede solicitar que pase algunos días con vos en tu lugar de residencia, aunque en esos casos se tiene en cuenta la edad de los menores.
Saludos y tu disposición.
Abog. Federico Sangrá
Mendoza

Sangrá Abogados Abogado en Mendoza

259 respuestas

1264 votos positivos

Contactar

¿Te pareció útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Cuota alimentaria

Ver más abogados especializados en Cuota alimentaria

Otras consultas sobre Cuota alimentaria

Explicá tu caso a nuestros abogados

Hacé tu consulta de forma anónima y recibí orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introducí un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 1000

abogados

preguntas 7750

preguntas

respuestas 16150

respuestas